3 Los plazos municipales se pararon cuatro días por una avería informática

Sin votación

Pleno 15 de julio 2026 · · Ver en el vídeo (22:27)

Funcionamiento municipal

Resumen

El Pleno se da por enterado de la suspensión de plazos administrativos entre el 2 y el 5 de julio

Se dio cuenta de una resolución de alcaldía de 6 de julio de 2026 que suspendió los plazos administrativos del Ayuntamiento de Gijón y sus organismos autónomos entre las 0 horas del 2 de julio y las 24 horas del 5 de julio, por problemas en la infraestructura informática física que afectaron a la gestión de expedientes, el registro electrónico, el correo interno y el archivo. La resolución prevé ampliar los plazos y reforzar el servicio telefónico 010. El Pleno se dio por enterado, sin votación.

Datos mencionados

  • 6 de julio de 2026 fecha de la resolución de alcaldía cifra mencionada por lectura de la resolución en el Pleno
    Fuente
    Secretaría 22:33

    Bien, se da cuenta de la resolución de alcaldía de 6 de julio de 2026, en la que se pone de manifiesto que el Ayuntamiento de Gijón está experimentando problemas de infraestructura informática física, hardware, que afecta a la funcionalidad de las herramientas informáticas de gestión administrativa, de expedientes, registro electrónico, correo interno y gestión de archivos. Por todo ello, se ve imposibilitada la tramitación de los procedimientos y el ejercicio de los derechos de los interesados. No es posible o lo es con mucha dificultad realizar trámites de recepción y remisión de solicitudes y escritos a través del Registro Electrónico General y, además, se pueden ver afectados los servicios públicos para cuya prestación se utilizan herramientas y aplicaciones informáticas. Por ello, procede acordar la suspensión de plazos administrativos en el Ayuntamiento de Gijón y sus organismos autónomos. De conformidad con lo establecido en el artículo 32.5 de la Ley 39 del año 2015, de Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley de Bases del Régimen Local, la alcaldía resolvió la suspensión de los plazos administrativos del Ayuntamiento de Gijón y sus organismos autónomos, que comprende todos los plazos vencidos y no vencidos desde las 0 horas del jueves 2 de julio, de 2026 hasta las 24 horas del domingo 5 de julio de 2026, así como una ampliación de los plazos por el mismo tiempo que restaba hasta el vencimiento en el caso de los vencidos y por el mismo tiempo que se mantuvo la suspensión en el caso de los no vencidos. A tal efecto, la reanudación y los plazos de ampliación serán objeto de anuncio en la sede electrónica. Segundo, mantener los servicios públicos y de atención a la ciudadanía, reforzando especialmente el servicio 010 de atención telefónica, adoptando de los distintos servicios las medidas necesarias organizativas y a su alcance para el mantenimiento de dichos servicios. Tercero, publicar esta resolución para general conocimiento en la sede electrónica y en la web municipal, comunicando desde la Dirección General de Alcaldía esta resolución a efectos internos para su máxima difusión.

  • 2 de julio de 2026, 0 horas inicio de la suspensión de plazos cifra mencionada por lectura de la resolución en el Pleno
    Fuente
    Secretaría 22:33

    Bien, se da cuenta de la resolución de alcaldía de 6 de julio de 2026, en la que se pone de manifiesto que el Ayuntamiento de Gijón está experimentando problemas de infraestructura informática física, hardware, que afecta a la funcionalidad de las herramientas informáticas de gestión administrativa, de expedientes, registro electrónico, correo interno y gestión de archivos. Por todo ello, se ve imposibilitada la tramitación de los procedimientos y el ejercicio de los derechos de los interesados. No es posible o lo es con mucha dificultad realizar trámites de recepción y remisión de solicitudes y escritos a través del Registro Electrónico General y, además, se pueden ver afectados los servicios públicos para cuya prestación se utilizan herramientas y aplicaciones informáticas. Por ello, procede acordar la suspensión de plazos administrativos en el Ayuntamiento de Gijón y sus organismos autónomos. De conformidad con lo establecido en el artículo 32.5 de la Ley 39 del año 2015, de Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley de Bases del Régimen Local, la alcaldía resolvió la suspensión de los plazos administrativos del Ayuntamiento de Gijón y sus organismos autónomos, que comprende todos los plazos vencidos y no vencidos desde las 0 horas del jueves 2 de julio, de 2026 hasta las 24 horas del domingo 5 de julio de 2026, así como una ampliación de los plazos por el mismo tiempo que restaba hasta el vencimiento en el caso de los vencidos y por el mismo tiempo que se mantuvo la suspensión en el caso de los no vencidos. A tal efecto, la reanudación y los plazos de ampliación serán objeto de anuncio en la sede electrónica. Segundo, mantener los servicios públicos y de atención a la ciudadanía, reforzando especialmente el servicio 010 de atención telefónica, adoptando de los distintos servicios las medidas necesarias organizativas y a su alcance para el mantenimiento de dichos servicios. Tercero, publicar esta resolución para general conocimiento en la sede electrónica y en la web municipal, comunicando desde la Dirección General de Alcaldía esta resolución a efectos internos para su máxima difusión.

  • 5 de julio de 2026, 24 horas fin de la suspensión de plazos cifra mencionada por lectura de la resolución en el Pleno
    Fuente
    Secretaría 22:33

    Bien, se da cuenta de la resolución de alcaldía de 6 de julio de 2026, en la que se pone de manifiesto que el Ayuntamiento de Gijón está experimentando problemas de infraestructura informática física, hardware, que afecta a la funcionalidad de las herramientas informáticas de gestión administrativa, de expedientes, registro electrónico, correo interno y gestión de archivos. Por todo ello, se ve imposibilitada la tramitación de los procedimientos y el ejercicio de los derechos de los interesados. No es posible o lo es con mucha dificultad realizar trámites de recepción y remisión de solicitudes y escritos a través del Registro Electrónico General y, además, se pueden ver afectados los servicios públicos para cuya prestación se utilizan herramientas y aplicaciones informáticas. Por ello, procede acordar la suspensión de plazos administrativos en el Ayuntamiento de Gijón y sus organismos autónomos. De conformidad con lo establecido en el artículo 32.5 de la Ley 39 del año 2015, de Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley de Bases del Régimen Local, la alcaldía resolvió la suspensión de los plazos administrativos del Ayuntamiento de Gijón y sus organismos autónomos, que comprende todos los plazos vencidos y no vencidos desde las 0 horas del jueves 2 de julio, de 2026 hasta las 24 horas del domingo 5 de julio de 2026, así como una ampliación de los plazos por el mismo tiempo que restaba hasta el vencimiento en el caso de los vencidos y por el mismo tiempo que se mantuvo la suspensión en el caso de los no vencidos. A tal efecto, la reanudación y los plazos de ampliación serán objeto de anuncio en la sede electrónica. Segundo, mantener los servicios públicos y de atención a la ciudadanía, reforzando especialmente el servicio 010 de atención telefónica, adoptando de los distintos servicios las medidas necesarias organizativas y a su alcance para el mantenimiento de dichos servicios. Tercero, publicar esta resolución para general conocimiento en la sede electrónica y en la web municipal, comunicando desde la Dirección General de Alcaldía esta resolución a efectos internos para su máxima difusión.

  • artículo 32.5 de la Ley 39/2015 base legal invocada cifra mencionada por lectura de la resolución en el Pleno
    Fuente
    Secretaría 22:33

    Bien, se da cuenta de la resolución de alcaldía de 6 de julio de 2026, en la que se pone de manifiesto que el Ayuntamiento de Gijón está experimentando problemas de infraestructura informática física, hardware, que afecta a la funcionalidad de las herramientas informáticas de gestión administrativa, de expedientes, registro electrónico, correo interno y gestión de archivos. Por todo ello, se ve imposibilitada la tramitación de los procedimientos y el ejercicio de los derechos de los interesados. No es posible o lo es con mucha dificultad realizar trámites de recepción y remisión de solicitudes y escritos a través del Registro Electrónico General y, además, se pueden ver afectados los servicios públicos para cuya prestación se utilizan herramientas y aplicaciones informáticas. Por ello, procede acordar la suspensión de plazos administrativos en el Ayuntamiento de Gijón y sus organismos autónomos. De conformidad con lo establecido en el artículo 32.5 de la Ley 39 del año 2015, de Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley de Bases del Régimen Local, la alcaldía resolvió la suspensión de los plazos administrativos del Ayuntamiento de Gijón y sus organismos autónomos, que comprende todos los plazos vencidos y no vencidos desde las 0 horas del jueves 2 de julio, de 2026 hasta las 24 horas del domingo 5 de julio de 2026, así como una ampliación de los plazos por el mismo tiempo que restaba hasta el vencimiento en el caso de los vencidos y por el mismo tiempo que se mantuvo la suspensión en el caso de los no vencidos. A tal efecto, la reanudación y los plazos de ampliación serán objeto de anuncio en la sede electrónica. Segundo, mantener los servicios públicos y de atención a la ciudadanía, reforzando especialmente el servicio 010 de atención telefónica, adoptando de los distintos servicios las medidas necesarias organizativas y a su alcance para el mantenimiento de dichos servicios. Tercero, publicar esta resolución para general conocimiento en la sede electrónica y en la web municipal, comunicando desde la Dirección General de Alcaldía esta resolución a efectos internos para su máxima difusión.

  • 010 servicio telefónico reforzado cifra mencionada por lectura de la resolución en el Pleno
    Fuente
    Secretaría 22:33

    Bien, se da cuenta de la resolución de alcaldía de 6 de julio de 2026, en la que se pone de manifiesto que el Ayuntamiento de Gijón está experimentando problemas de infraestructura informática física, hardware, que afecta a la funcionalidad de las herramientas informáticas de gestión administrativa, de expedientes, registro electrónico, correo interno y gestión de archivos. Por todo ello, se ve imposibilitada la tramitación de los procedimientos y el ejercicio de los derechos de los interesados. No es posible o lo es con mucha dificultad realizar trámites de recepción y remisión de solicitudes y escritos a través del Registro Electrónico General y, además, se pueden ver afectados los servicios públicos para cuya prestación se utilizan herramientas y aplicaciones informáticas. Por ello, procede acordar la suspensión de plazos administrativos en el Ayuntamiento de Gijón y sus organismos autónomos. De conformidad con lo establecido en el artículo 32.5 de la Ley 39 del año 2015, de Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley de Bases del Régimen Local, la alcaldía resolvió la suspensión de los plazos administrativos del Ayuntamiento de Gijón y sus organismos autónomos, que comprende todos los plazos vencidos y no vencidos desde las 0 horas del jueves 2 de julio, de 2026 hasta las 24 horas del domingo 5 de julio de 2026, así como una ampliación de los plazos por el mismo tiempo que restaba hasta el vencimiento en el caso de los vencidos y por el mismo tiempo que se mantuvo la suspensión en el caso de los no vencidos. A tal efecto, la reanudación y los plazos de ampliación serán objeto de anuncio en la sede electrónica. Segundo, mantener los servicios públicos y de atención a la ciudadanía, reforzando especialmente el servicio 010 de atención telefónica, adoptando de los distintos servicios las medidas necesarias organizativas y a su alcance para el mantenimiento de dichos servicios. Tercero, publicar esta resolución para general conocimiento en la sede electrónica y en la web municipal, comunicando desde la Dirección General de Alcaldía esta resolución a efectos internos para su máxima difusión.

Qué se comunica

  • Avería informática

    Según la resolución leída en el Pleno, el Ayuntamiento estaba experimentando problemas de infraestructura informática física (hardware) que afectaban a la gestión de expedientes, el registro electrónico, el correo interno y la gestión de archivos, lo que impedía o dificultaba la tramitación de procedimientos y la presentación de solicitudes y escritos.

  • Suspensión de plazos

    La alcaldía resolvió suspender todos los plazos administrativos, vencidos y no vencidos, del Ayuntamiento y sus organismos autónomos desde las 0 horas del jueves 2 de julio hasta las 24 horas del domingo 5 de julio de 2026, con amparo en el artículo 32.5 de la Ley 39/2015 y en la Ley de Bases del Régimen Local.

  • Ampliación de plazos

    La resolución establece ampliar los plazos por el mismo tiempo que restaba hasta el vencimiento en los plazos vencidos y por el tiempo que duró la suspensión en los no vencidos, y anunciar la reanudación y las ampliaciones en la sede electrónica.

  • Atención ciudadana

    La resolución acuerda mantener los servicios públicos y la atención a la ciudadanía, reforzando el servicio telefónico 010, y publicar el acuerdo en la sede electrónica y en la web municipal.

Resultado

  • Respuesta

    Resultado

    La Alcaldesa indicó que el Pleno se daba por enterado. No consta en la transcripción ninguna intervención de los grupos municipales ni votación sobre este punto.

Resumen generado automáticamente con claude-opus-5 y revisado a mano el 17 Ago 2026. Cada punto enlaza con las intervenciones que lo respaldan.

Debate

Secretaría 22:33

Bien, se da cuenta de la resolución de alcaldía de 6 de julio de 2026, en la que se pone de manifiesto que el Ayuntamiento de Gijón está experimentando problemas de infraestructura informática física, hardware, que afecta a la funcionalidad de las herramientas informáticas de gestión administrativa, de expedientes, registro electrónico, correo interno y gestión de archivos. Por todo ello, se ve imposibilitada la tramitación de los procedimientos y el ejercicio de los derechos de los interesados. No es posible o lo es con mucha dificultad realizar trámites de recepción y remisión de solicitudes y escritos a través del Registro Electrónico General y, además, se pueden ver afectados los servicios públicos para cuya prestación se utilizan herramientas y aplicaciones informáticas. Por ello, procede acordar la suspensión de plazos administrativos en el Ayuntamiento de Gijón y sus organismos autónomos. De conformidad con lo establecido en el artículo 32.5 de la Ley 39 del año 2015, de Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley de Bases del Régimen Local, la alcaldía resolvió la suspensión de los plazos administrativos del Ayuntamiento de Gijón y sus organismos autónomos, que comprende todos los plazos vencidos y no vencidos desde las 0 horas del jueves 2 de julio, de 2026 hasta las 24 horas del domingo 5 de julio de 2026, así como una ampliación de los plazos por el mismo tiempo que restaba hasta el vencimiento en el caso de los vencidos y por el mismo tiempo que se mantuvo la suspensión en el caso de los no vencidos. A tal efecto, la reanudación y los plazos de ampliación serán objeto de anuncio en la sede electrónica. Segundo, mantener los servicios públicos y de atención a la ciudadanía, reforzando especialmente el servicio 010 de atención telefónica, adoptando de los distintos servicios las medidas necesarias organizativas y a su alcance para el mantenimiento de dichos servicios. Tercero, publicar esta resolución para general conocimiento en la sede electrónica y en la web municipal, comunicando desde la Dirección General de Alcaldía esta resolución a efectos internos para su máxima difusión.

Carmen Moriyón Entrialgo (Presidencia) Foro 24:23

Muchas gracias. El Pleno se da por enterado. Iniciamos el bloque de Hacienda, Economía, Empleo y Personal con los puntos 4, 5, 6 y 7 del orden del día. Y conforme a lo acordado en Junta de Portavoces, los grupos municipales que así lo deseen, pueden hacer uso de un turno de explicación de voto concerniente a este bloque por un tiempo máximo de 2 minutos al final de las votaciones. El cuarto punto es el expediente 9/2026, de modificación de créditos al presupuesto del Ayuntamiento de Gijón mediante créditos extraordinarios y suplementos de crédito financiados con el remanente líquido de tesorería para gastos generales y con el remanente líquido de tesorería afectado.