Bien, se da cuenta de la resolución de alcaldía de 6 de julio de 2026, en la que se pone de manifiesto que el Ayuntamiento de Gijón está experimentando problemas de infraestructura informática física, hardware, que afecta a la funcionalidad de las herramientas informáticas de gestión administrativa, de expedientes, registro electrónico, correo interno y gestión de archivos. Por todo ello, se ve imposibilitada la tramitación de los procedimientos y el ejercicio de los derechos de los interesados. No es posible o lo es con mucha dificultad realizar trámites de recepción y remisión de solicitudes y escritos a través del Registro Electrónico General y, además, se pueden ver afectados los servicios públicos para cuya prestación se utilizan herramientas y aplicaciones informáticas. Por ello, procede acordar la suspensión de plazos administrativos en el Ayuntamiento de Gijón y sus organismos autónomos. De conformidad con lo establecido en el artículo 32.5 de la Ley 39 del año 2015, de Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley de Bases del Régimen Local, la alcaldía resolvió la suspensión de los plazos administrativos del Ayuntamiento de Gijón y sus organismos autónomos, que comprende todos los plazos vencidos y no vencidos desde las 0 horas del jueves 2 de julio, de 2026 hasta las 24 horas del domingo 5 de julio de 2026, así como una ampliación de los plazos por el mismo tiempo que restaba hasta el vencimiento en el caso de los vencidos y por el mismo tiempo que se mantuvo la suspensión en el caso de los no vencidos. A tal efecto, la reanudación y los plazos de ampliación serán objeto de anuncio en la sede electrónica. Segundo, mantener los servicios públicos y de atención a la ciudadanía, reforzando especialmente el servicio 010 de atención telefónica, adoptando de los distintos servicios las medidas necesarias organizativas y a su alcance para el mantenimiento de dichos servicios. Tercero, publicar esta resolución para general conocimiento en la sede electrónica y en la web municipal, comunicando desde la Dirección General de Alcaldía esta resolución a efectos internos para su máxima difusión.
3 Los plazos municipales se pararon cuatro días por una avería informática
Sin votación
Funcionamiento municipalResumen
El Pleno se da por enterado de la suspensión de plazos administrativos entre el 2 y el 5 de julio
Se dio cuenta de una resolución de alcaldía de 6 de julio de 2026 que suspendió los plazos administrativos del Ayuntamiento de Gijón y sus organismos autónomos entre las 0 horas del 2 de julio y las 24 horas del 5 de julio, por problemas en la infraestructura informática física que afectaron a la gestión de expedientes, el registro electrónico, el correo interno y el archivo. La resolución prevé ampliar los plazos y reforzar el servicio telefónico 010. El Pleno se dio por enterado, sin votación.
Datos mencionados
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6 de julio de 2026
fecha de la resolución de alcaldía
cifra mencionada por lectura de la resolución en el Pleno
Fuente
Secretaría 22:33 -
2 de julio de 2026, 0 horas
inicio de la suspensión de plazos
cifra mencionada por lectura de la resolución en el Pleno
Fuente
Secretaría 22:33 Bien, se da cuenta de la resolución de alcaldía de 6 de julio de 2026, en la que se pone de manifiesto que el Ayuntamiento de Gijón está experimentando problemas de infraestructura informática física, hardware, que afecta a la funcionalidad de las herramientas informáticas de gestión administrativa, de expedientes, registro electrónico, correo interno y gestión de archivos. Por todo ello, se ve imposibilitada la tramitación de los procedimientos y el ejercicio de los derechos de los interesados. No es posible o lo es con mucha dificultad realizar trámites de recepción y remisión de solicitudes y escritos a través del Registro Electrónico General y, además, se pueden ver afectados los servicios públicos para cuya prestación se utilizan herramientas y aplicaciones informáticas. Por ello, procede acordar la suspensión de plazos administrativos en el Ayuntamiento de Gijón y sus organismos autónomos. De conformidad con lo establecido en el artículo 32.5 de la Ley 39 del año 2015, de Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley de Bases del Régimen Local, la alcaldía resolvió la suspensión de los plazos administrativos del Ayuntamiento de Gijón y sus organismos autónomos, que comprende todos los plazos vencidos y no vencidos desde las 0 horas del jueves 2 de julio, de 2026 hasta las 24 horas del domingo 5 de julio de 2026, así como una ampliación de los plazos por el mismo tiempo que restaba hasta el vencimiento en el caso de los vencidos y por el mismo tiempo que se mantuvo la suspensión en el caso de los no vencidos. A tal efecto, la reanudación y los plazos de ampliación serán objeto de anuncio en la sede electrónica. Segundo, mantener los servicios públicos y de atención a la ciudadanía, reforzando especialmente el servicio 010 de atención telefónica, adoptando de los distintos servicios las medidas necesarias organizativas y a su alcance para el mantenimiento de dichos servicios. Tercero, publicar esta resolución para general conocimiento en la sede electrónica y en la web municipal, comunicando desde la Dirección General de Alcaldía esta resolución a efectos internos para su máxima difusión.
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5 de julio de 2026, 24 horas
fin de la suspensión de plazos
cifra mencionada por lectura de la resolución en el Pleno
Fuente
Secretaría 22:33 Bien, se da cuenta de la resolución de alcaldía de 6 de julio de 2026, en la que se pone de manifiesto que el Ayuntamiento de Gijón está experimentando problemas de infraestructura informática física, hardware, que afecta a la funcionalidad de las herramientas informáticas de gestión administrativa, de expedientes, registro electrónico, correo interno y gestión de archivos. Por todo ello, se ve imposibilitada la tramitación de los procedimientos y el ejercicio de los derechos de los interesados. No es posible o lo es con mucha dificultad realizar trámites de recepción y remisión de solicitudes y escritos a través del Registro Electrónico General y, además, se pueden ver afectados los servicios públicos para cuya prestación se utilizan herramientas y aplicaciones informáticas. Por ello, procede acordar la suspensión de plazos administrativos en el Ayuntamiento de Gijón y sus organismos autónomos. De conformidad con lo establecido en el artículo 32.5 de la Ley 39 del año 2015, de Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley de Bases del Régimen Local, la alcaldía resolvió la suspensión de los plazos administrativos del Ayuntamiento de Gijón y sus organismos autónomos, que comprende todos los plazos vencidos y no vencidos desde las 0 horas del jueves 2 de julio, de 2026 hasta las 24 horas del domingo 5 de julio de 2026, así como una ampliación de los plazos por el mismo tiempo que restaba hasta el vencimiento en el caso de los vencidos y por el mismo tiempo que se mantuvo la suspensión en el caso de los no vencidos. A tal efecto, la reanudación y los plazos de ampliación serán objeto de anuncio en la sede electrónica. Segundo, mantener los servicios públicos y de atención a la ciudadanía, reforzando especialmente el servicio 010 de atención telefónica, adoptando de los distintos servicios las medidas necesarias organizativas y a su alcance para el mantenimiento de dichos servicios. Tercero, publicar esta resolución para general conocimiento en la sede electrónica y en la web municipal, comunicando desde la Dirección General de Alcaldía esta resolución a efectos internos para su máxima difusión.
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artículo 32.5 de la Ley 39/2015
base legal invocada
cifra mencionada por lectura de la resolución en el Pleno
Fuente
Secretaría 22:33 Bien, se da cuenta de la resolución de alcaldía de 6 de julio de 2026, en la que se pone de manifiesto que el Ayuntamiento de Gijón está experimentando problemas de infraestructura informática física, hardware, que afecta a la funcionalidad de las herramientas informáticas de gestión administrativa, de expedientes, registro electrónico, correo interno y gestión de archivos. Por todo ello, se ve imposibilitada la tramitación de los procedimientos y el ejercicio de los derechos de los interesados. No es posible o lo es con mucha dificultad realizar trámites de recepción y remisión de solicitudes y escritos a través del Registro Electrónico General y, además, se pueden ver afectados los servicios públicos para cuya prestación se utilizan herramientas y aplicaciones informáticas. Por ello, procede acordar la suspensión de plazos administrativos en el Ayuntamiento de Gijón y sus organismos autónomos. De conformidad con lo establecido en el artículo 32.5 de la Ley 39 del año 2015, de Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley de Bases del Régimen Local, la alcaldía resolvió la suspensión de los plazos administrativos del Ayuntamiento de Gijón y sus organismos autónomos, que comprende todos los plazos vencidos y no vencidos desde las 0 horas del jueves 2 de julio, de 2026 hasta las 24 horas del domingo 5 de julio de 2026, así como una ampliación de los plazos por el mismo tiempo que restaba hasta el vencimiento en el caso de los vencidos y por el mismo tiempo que se mantuvo la suspensión en el caso de los no vencidos. A tal efecto, la reanudación y los plazos de ampliación serán objeto de anuncio en la sede electrónica. Segundo, mantener los servicios públicos y de atención a la ciudadanía, reforzando especialmente el servicio 010 de atención telefónica, adoptando de los distintos servicios las medidas necesarias organizativas y a su alcance para el mantenimiento de dichos servicios. Tercero, publicar esta resolución para general conocimiento en la sede electrónica y en la web municipal, comunicando desde la Dirección General de Alcaldía esta resolución a efectos internos para su máxima difusión.
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010
servicio telefónico reforzado
cifra mencionada por lectura de la resolución en el Pleno
Fuente
Secretaría 22:33 Bien, se da cuenta de la resolución de alcaldía de 6 de julio de 2026, en la que se pone de manifiesto que el Ayuntamiento de Gijón está experimentando problemas de infraestructura informática física, hardware, que afecta a la funcionalidad de las herramientas informáticas de gestión administrativa, de expedientes, registro electrónico, correo interno y gestión de archivos. Por todo ello, se ve imposibilitada la tramitación de los procedimientos y el ejercicio de los derechos de los interesados. No es posible o lo es con mucha dificultad realizar trámites de recepción y remisión de solicitudes y escritos a través del Registro Electrónico General y, además, se pueden ver afectados los servicios públicos para cuya prestación se utilizan herramientas y aplicaciones informáticas. Por ello, procede acordar la suspensión de plazos administrativos en el Ayuntamiento de Gijón y sus organismos autónomos. De conformidad con lo establecido en el artículo 32.5 de la Ley 39 del año 2015, de Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley de Bases del Régimen Local, la alcaldía resolvió la suspensión de los plazos administrativos del Ayuntamiento de Gijón y sus organismos autónomos, que comprende todos los plazos vencidos y no vencidos desde las 0 horas del jueves 2 de julio, de 2026 hasta las 24 horas del domingo 5 de julio de 2026, así como una ampliación de los plazos por el mismo tiempo que restaba hasta el vencimiento en el caso de los vencidos y por el mismo tiempo que se mantuvo la suspensión en el caso de los no vencidos. A tal efecto, la reanudación y los plazos de ampliación serán objeto de anuncio en la sede electrónica. Segundo, mantener los servicios públicos y de atención a la ciudadanía, reforzando especialmente el servicio 010 de atención telefónica, adoptando de los distintos servicios las medidas necesarias organizativas y a su alcance para el mantenimiento de dichos servicios. Tercero, publicar esta resolución para general conocimiento en la sede electrónica y en la web municipal, comunicando desde la Dirección General de Alcaldía esta resolución a efectos internos para su máxima difusión.
Qué se comunica
Resultado
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Respuesta
Resultado
La Alcaldesa indicó que el Pleno se daba por enterado. No consta en la transcripción ninguna intervención de los grupos municipales ni votación sobre este punto.
Ver evidencia (1)
Carmen Moriyón Entrialgo (Presidencia) Foro 24:23 Muchas gracias. El Pleno se da por enterado. Iniciamos el bloque de Hacienda, Economía, Empleo y Personal con los puntos 4, 5, 6 y 7 del orden del día. Y conforme a lo acordado en Junta de Portavoces, los grupos municipales que así lo deseen, pueden hacer uso de un turno de explicación de voto concerniente a este bloque por un tiempo máximo de 2 minutos al final de las votaciones. El cuarto punto es el expediente 9/2026, de modificación de créditos al presupuesto del Ayuntamiento de Gijón mediante créditos extraordinarios y suplementos de crédito financiados con el remanente líquido de tesorería para gastos generales y con el remanente líquido de tesorería afectado.
Debate
Bien, se da cuenta de la resolución de alcaldía de 6 de julio de 2026, en la que se pone de manifiesto que el Ayuntamiento de Gijón está experimentando problemas de infraestructura informática física, hardware, que afecta a la funcionalidad de las herramientas informáticas de gestión administrativa, de expedientes, registro electrónico, correo interno y gestión de archivos. Por todo ello, se ve imposibilitada la tramitación de los procedimientos y el ejercicio de los derechos de los interesados. No es posible o lo es con mucha dificultad realizar trámites de recepción y remisión de solicitudes y escritos a través del Registro Electrónico General y, además, se pueden ver afectados los servicios públicos para cuya prestación se utilizan herramientas y aplicaciones informáticas. Por ello, procede acordar la suspensión de plazos administrativos en el Ayuntamiento de Gijón y sus organismos autónomos. De conformidad con lo establecido en el artículo 32.5 de la Ley 39 del año 2015, de Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley de Bases del Régimen Local, la alcaldía resolvió la suspensión de los plazos administrativos del Ayuntamiento de Gijón y sus organismos autónomos, que comprende todos los plazos vencidos y no vencidos desde las 0 horas del jueves 2 de julio, de 2026 hasta las 24 horas del domingo 5 de julio de 2026, así como una ampliación de los plazos por el mismo tiempo que restaba hasta el vencimiento en el caso de los vencidos y por el mismo tiempo que se mantuvo la suspensión en el caso de los no vencidos. A tal efecto, la reanudación y los plazos de ampliación serán objeto de anuncio en la sede electrónica. Segundo, mantener los servicios públicos y de atención a la ciudadanía, reforzando especialmente el servicio 010 de atención telefónica, adoptando de los distintos servicios las medidas necesarias organizativas y a su alcance para el mantenimiento de dichos servicios. Tercero, publicar esta resolución para general conocimiento en la sede electrónica y en la web municipal, comunicando desde la Dirección General de Alcaldía esta resolución a efectos internos para su máxima difusión.
Muchas gracias. El Pleno se da por enterado. Iniciamos el bloque de Hacienda, Economía, Empleo y Personal con los puntos 4, 5, 6 y 7 del orden del día. Y conforme a lo acordado en Junta de Portavoces, los grupos municipales que así lo deseen, pueden hacer uso de un turno de explicación de voto concerniente a este bloque por un tiempo máximo de 2 minutos al final de las votaciones. El cuarto punto es el expediente 9/2026, de modificación de créditos al presupuesto del Ayuntamiento de Gijón mediante créditos extraordinarios y suplementos de crédito financiados con el remanente líquido de tesorería para gastos generales y con el remanente líquido de tesorería afectado.